Autora: Jazmín González
Se acercan las elecciones seccionales y varios partidos políticos han empezado su camino hacia la contienda electoral. El Código de la Democracia en el Art. 331 dispone que una de las obligaciones de las organizaciones políticas es el establecimiento de programas de formación y capacitación continúa teniendo como prioridad a jóvenes, mujeres y personas pertenecientes a comunidades, pueblos nacionalidades indígenas. Además, establece que las organizaciones políticas tendrán dentro de su estructuran una específica para jóvenes. Varios partidos políticos ecuatorianos ya tienen establecidas escuelas de formación, entre las más nombradas o conocidas se encuentran CREO, Izquierda Democrática y el Partido Social Cristiano. Así como también los partidos deberán contar con una estructura especial centrada en jóvenes como la estructura Jóvenes CREO.
Se debe tomar en cuenta que muchas veces el objetivo de las escuelas de formación se tergiversa. El primer objetivo de las escuelas de formación es incentivar a las y los jóvenes a que se involucren más en la política, establecer un proceso de formación adecuado para que las y los jóvenes que lleguen a formar parte de las listas a elección popular y cuenten con capacidades necesarias para la generación de políticas públicas adecuadas. Sin embargo, muchas ocasiones estas escuelas de formación sirven para captar jóvenes, llenar las listas y poder cumplir con los requisitos que establece el Consejo Nacional Electoral para poder ser inscritas. El Código de la Democracia en su Art. 99 menciona que cada lista para elecciones pluripersonales deberá estar integrada en un 25% de jóvenes entre hombres y mujeres bajo el principio de paridad.
La intención del artículo es incentivar la participación de jóvenes en puestos de elección popular, sin embargo, no se logran los resultados esperados. Generalmente algunos partidos políticos reclutan jóvenes y los colocan al final de las listas o como candidatos suplentes con el fin de cumplir con la ley y obtener el voto de las juventudes. Además, suelen ser incluidos en las listas para dignidades de elección popular menos importantes. En el caso de las elecciones seccionales del 2019 se pudo observar que nivel nacional la participación de jóvenes para la dignidad de alcalde o alcaldesa son mínimas, pero para las Concejalías Rurales la presencia de jóvenes es alta.
En las últimas elecciones seccionales en el año 2019 para la dignidad de alcalde/alcaldesa la participación de jóvenes en candidaturas principales fue de 3,7% de participación de mujeres y 1,8% de hombres en candidaturas principales para alcalde/alcaldesa, en relación a los otros grupos etarios (ver gráfica 1).
La participación de jóvenes para las candidaturas principales a las Concejalías Urbanas el porcentaje de participación sigue siendo baja 25,1% correspondiente para mujeres y 10,03% correspondiente a los hombres, pero en relación al porcentaje de participación para la dignidad de alcalde/alcaldesa es alta (ver gráfica 2).
Con respecto a las candidaturas principales para Concejalías Rurales la participación de las y los jóvenes es la más alta especialmente resalta la presencia de mujeres con el 31.2% de participación de mujeres para las Concejalías Rurales (ver gráfica 3).
Por otro lado, el tener jóvenes en las candidaturas para autoridades de elección popular ayuda a incentivar a la población joven a votar por A o B partido, pero ¿Por qué para los partidos políticos es importante obtener el voto de la población joven? Según las cifras que presento el Consejo Nacional Electoral para las elecciones seccionales del 2019 la población habilitada para ejercer su derecho al voto se concentra entre las edades de 16 años a 33 años de edad con un porcentaje de 42.5% (ver grafica 3).
Dejando a un lado los partidos políticos en los últimos años, en las últimas elecciones se han podido evidenciar que las y los jóvenes presentan un sentimiento de falta de representatividad hacia las autoridades electas y hacia los partidos políticos. Es por eso que, hoy en día los y las jóvenes no solo están presentes en los partidos o movimientos políticos, sino también son parte de colectivos y movimientos sociales que buscan ser escuchados. Las actividades que se realizan son diversas, una de ellas es la toma del espacio público, con la que buscan que sus demandas sean escuchadas y exigir a las autoridades el cumplimento de ofertas de campaña y el respeto hacia los derechos humanos, entre otros.
La falta de representatividad y la falta de compromiso de los partidos políticos, los casos de corrupción, la falta de reconocimiento por parte del gobierno hacia las y los jóvenes, las fallas que tienen los mecanismos de participación ciudadana, entre otras razones hacen que los y las jóvenes se alejen de la política. Según la Encuesta Nacional Jóvenes 2019 elaborado por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), señala que al 39,87% de jóvenes le interesa poco la política.
A las y los jóvenes les queda mucho por lograr. Los partidos políticos deben comprometerse a tomar en cuenta a las y los jóvenes para cargos importantes dentro de sus filas, el gobierno debe apoyar a la creación de mesas de acción y diálogo en las cuales las y los jóvenes participen y expongan sus demandas, así como incentivar la contratación de jóvenes en las instituciones públicas y establecer acciones para que no solo las y los jóvenes sino toda la población ecuatoriana confié en el gobierno y sus instituciones. Las organizaciones de la sociedad civil (OSC) deben apoyar los procesos de formación, evidenciar la realidad de los jóvenes en la política e impulsar proyectos de incidencia que vinculen a los jóvenes con la sociedad.
Gráficas
Referencias
Consejo Nacional Electoral, C. N. (2020). Participación Política de las Mujeres en el Ecuador. Recuperado el 13 de junio de 2020, de https://www.igualdadgenero.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/01/PARTICIPACI%C3%93N-POL%C3%8DTICA-DE-LAS-MUJERES-EN-EL-ECUADOR.pdf
FLACSO. (2019). II Encuesta Nacional de Jóvenes y Participación Política-Ecuador 2019. Recuperado el 13 de junio de 2022, de https://flacso.edu.ec/encuestajovenesEcuador/index.html
Ley Orgánica Electoral, Código de la Democrácia (Registro Oficial Suplemento 578 3 de febrero de 2020). Recuperado el 11 de junio de 2022, de https://www.igualdadgenero.gob.ec/wp-content/uploads/2020/02/Ley-Org%C3%A1nica-Electoral-C%C3%B3digo-de-la-Democracia.pdf
Autora:
Jazmín González
Quiteña, Licenciada en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales. Tiene varios cursos enfocados en violencia basada en género, migración, derecho internacional humanitario, transparencia y cooperación internacional. Actualmente es parte del equipo de Investoria como asistente de proyectos.