Importancia de la participación de las mujeres y el enfoque de género en los conflictos armados y los Acuerdos de Paz

Autora: Jazmín González

Por muchos años el desempeño de las mujeres en los conflictos armados relacionado a la resolución de conflictos y procesos de paz ha sido invisibilizado. A partir del año 2000, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (NNUU) en la resolución 1325 insta a los países a velar por la participación de mujeres en las decisiones de las instituciones y mecanismos nacionales, regionales e internacionales para la prevención, la gestión y la solución de conflictos. También se insta al Secretario General de NNUU a fortalecer actividades que sirvan para ampliar el papel de las mujeres en las operaciones de NNUU en el ámbito de tareas humanitarias, tareas sobre el terreno especialmente entre los observadores militares, la policía civil y el personal dedicado a los derechos humanos.

En la misma resolución se menciona la inclusión de la perspectiva de género en las que se tomen en cuenta las necesidades especiales de las mujeres y niñas durante la repatriación y reasentamiento, así como para la rehabilitación, la reintegración y la reconstrucción después de los conflictos. Además de brindar apoyo a las iniciativas de paz locales lideradas por mujeres y de brindar apoyo a los procesos autóctonos de solución de conflictos donde participen mujeres en el establecimiento de mecanismos para la aplicación de los acuerdos de paz (Naciones Unidas, 2000).

Según cifras de NNUU entre 1992 y 2019, aproximadamente siete de cada diez procesos no incluyeron una sola mujer como mediadora o signataria. En el 2020, dos procesos de paz dirigidos por NNUU fueron mediados por mujeres y cuatro procesos realizaron consultas a la sociedad civil en materia de género. De igual forma, las cifras apuntan que podría tomar aproximadamente 30 años en alcanzar la paridad en efectivos militares, 8 años para oficiales de policía y 7 años para observadores y oficiales militares (ONU Mujeres, 2021).

¿Por qué es importante que los Acuerdos de Paz tengan un enfoque de género?

Se debe tomar en cuenta que, en conflictos armados, mujeres, niños/as y personas adultas mayores son población propensa a la vulneración de sus derechos humanos, como violencia sexual y trata de personas. Además, varias mujeres terminan desplazadas y en situación de pobreza y otras situaciones que cambia por completo la vida de las sobrevivientes de los conflictos armados. Resulta necesario que al momento de los establecer los Acuerdos de Paz, estos tengan un enfoque transversal de género.

Un ejemplo es el Acuerdo de Paz de la Habana que se encuentra dividido en 5 partes, en donde cada una de las partes tiene cláusulas específicas relacionadas a las mujeres. En el apartado de la distribución de la tierra menciona la priorización en la distribución de tierras a las mujeres, asignación de créditos para trabajos agrario, priorización en becas y educación a las niñas campesinas. En la sección sobre participación política se menciona la visibilización y apoyo a la participación política de las mujeres, y que en todos los órganos que se formen a raíz del acuerdo se debe garantizar la equidad en la participación de las mujeres. En la sección relacionada al desmonte de drogas en el mismo acuerdo, se habla de la obligación de entender el impacto diferenciado relacionado a las mujeres. Finalmente, con respecto a la parte de sobre las víctimas el acuerdo exige que en la Comisión Especial para la Paz exista una Comisión de Género (Flores Martinez, 2021)

Para el cumplimiento del Acuerdo de la Habana existen muchas barreras, entre las más importantes es la debilidad en el marco legal y la más grave en los fondos disponibles que existen para cumplir las metas establecidas en el Plan de Implementación. Otro punto que dificulta la ejecución de las medidas tomadas en el acuerdo enfocado en las mujeres y niñas es el nivel de prioridad que asignan a cada caso y la no existencia de priorización por grupo poblacionales. Finalmente, según NNUU la inclusión de mujeres, niñas o materia de género en los Acuerdos de Paz surgen en la etapa de acuerdos globales más no en los acuerdos para el cese al fuego. Por ejemplo, en los acuerdos de cese al fuego alcanzados ente el 2018-2020 ninguno incluyó materia de género o prohibición de violencia sexual (ONU Mujeres, 2021).

Por lo tanto, es necesario entender de manera diferenciada el impacto que tiene un conflicto armado en la vida de las mujeres al momento en que se resuelve. El enfoque de género ayuda a que la población de mujeres afectadas se les garantice una adecuada restitución de derechos, así como la reparación a las víctimas de los conflictos armados.

Referencias:

Flores Martinez, M. (Diciembre de 2021). DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y PERSPECTIVA DE GÉNERO El acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia Entrevista a Isabel Jaramillo Sierra. CÁLAMO/Revista de Estudios Jurídicos(16), 108-113. Obtenido de

https://calamo.ec/number/17

Naciones Unidas. (2000). S/RES/1325. Obtenido de

https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2006/1759.pdf

ONU Mujeres. (Diciembre de 2021). Hechos y cifras: Mujeres, paz y seguridad. Obtenido de

https://www.unwomen.org/es/what-we-do/peace-and-security/facts-and-figures#_Toc85731439

Autora:

Quiteña, Licenciada en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales. Tiene varios cursos enfocados en violencia basada en género, migración, derecho internacional humanitario, transparencia y cooperación internacional. Actualmente es parte del equipo de Investoria como asistente de proyectos.

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